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 El Presidente de la Junta, a su vez respondió que sobre la base de la Compañía por las leyes y de conformidad con el artículo citado en la Ley General de Sociedades Mercantiles, el representante podría nombrar a un solo miembro de la Junta en nombre de Grupo México y Desarrollo e Infraestructura y Transportes México. A continuación el Presidente pidió al representante a nombrar a uno de los dos candidatos. En este punto, el representante solicitó a la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores) serán consultados sobre la materia. El Presidente procedió a leer una opinión judicial que se determinó, a instancias de un accionista que indica que GAP es prohibido que un accionista de la Serie B que tiene más de 10% del capital social de la compañía de designar más de un miembro de la Junta de conformidad con el artículo 15 de la de los estatutos sociales. El Presidente pidió una vez más que el representante nombrar a uno de sus dos candidatos como el miembro de la Junta, o que, alternativamente, el primero de los dos candidatos que se designa. La representante señaló que no tenía conocimiento de este dictamen judicial, y debido a la falta de información, pidió que la reunión se suspendió por tres días. 

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Notas de prensa

  •  El Presidente de la Junta, a su vez respondió que sobre la base de la Compañía por las leyes y de conformidad con el artículo citado en la Ley General de Sociedades Mercantiles, el representante podría nombrar a un solo miembro de la Junta en nombre de Grupo México y Desarrollo e Infraestructura y Transportes México. A continuación el Presidente pidió al representante a nombrar a uno de los dos candidatos. En este punto, el...