El concurso acreedores persona fisica. No todo son ventajas

Mediatoris - lunes, 09 de enero de 2012.
Enviado por Mediatoris

 Un millar de personas aproximadamente se declara en concurso de acreedores persona fisica cada año en España desde el inicio de la crisis. La regulación del concurso de acreedores de una persona fisica es muy similar al de una empresa.

La administracion de los bienes del concursado Un administrador concursal nombrado por el juez pasa a administrar los ingresos y gastos del concursado y trata de que los acreedores puedan recuperar sus préstamos, de modo que todo gasto por pequeños que sea, queda bajo la decisión del administrador del concurso. No se podrá hacer uso de tarjetas de crédito, las compras deben ser autorizadas por la administracion concursal asi como cualquier otro gasto extraordinario de la unidad familiar.

Mientras se está en concurso los acreedores persona fisica, no pueden embargar los bienes del concursado, por lo que muchos de los que se declaran en concurso lo hacen pensando que así evitan que sus bienes, normalmente sus casas, les sean ejecutados. Pero en realidad solo se evita la ejecucion de bienes hipotecados, si dichos bienes son necesarios para el desarrollo de la actividad profesional. Dicha valoración, la realizara el juez encargado del concurso de acreedores.

Procedimiento muy costoso Son procedimientos costosos, para el Estado y para el concursado. Este tiene que pagar al procurador, a su letrado y al administrador concursal. Y el Estado tiene que dedicar recursos de los juzgados mercantiles (colapsados) a tramitar un expediente que acabará en una ejecución hipotecaria si no se pueden pagar las cuotas de la hipoteca o en el mejor de los casos la venta de la vivienda cuando cubre su valor la hipoteca.

Alternativa al concurso de acreedores persona fisica En 2003 la ley concursal española incluyó los casos de concurso de persona física en la misma ley que regula los casos de concursos de personas jurídicas.  Por lo que todo el procedimiento judicial es identico en el caso de personas fisicas como en el de sociedades mercantiles.

Mientras que en España menos de 1.000 personas físicas se declaran en concurso de acreedores al año, en países como Francia, Alemania o Reino Unido se cuentan por decenas de miles. La nueva ley concursal, establece que en los próximos seis meses se desarrolle una norma especifica para el caso de personas fisicas en situación de insolvencia.

Desde Mediatoris, pensamos que la mediacion puede ser una alternativa menos costosa y rigida que el procedimiento concursal.  La labor de profesionales de la mediacion, es impulsar acuerdos alternativos de pago a los acreedores, cuando sea posible, o acordar con el acreedor el mejor método para realizar los bienes del concursado, tomando como base los principios inspiradores de la ley concursal, lo que permitirá alcanzar un acuerdo justo basado en principios y que concilie los intereses de acreedores y concursados.


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